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¿Qué son las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC)?
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¿Cómo puede una organización de la sociedad civil participar en las
actividades de la Organización de Estados Americanos (OEA)?
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¿Cuáles son los beneficios de registrarse ante la OEA?
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¿Hay algún costo o riesgo al registrarse?
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¿Cómo se registran las OSC ante la OEA?
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¿Qué se debe incluir en la carta de solicitud?
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¿Cuál es el proceso por el cual la comunicación pasa al ser recibida?
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¿Hay algún criterio de selección para poder registrarse ante la OEA?
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¿Cuáles son las responsabilidades de las OSC después de haberse registrado
ante la OEA?
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¿Cuántas Organizaciones ya se han registrado?
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¿Cómo participan las OSC en la Asamblea General de la OEA?
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¿Llegan a reunirse las OSC con los Ministros de Relaciones Exteriores en la
Asamblea General de la OEA?
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¿Cómo pueden las OSC participar en el Consejo Interamericano para el
Desarrollo Integral (CIDI)?
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¿Cuál es el proceso por el cual se surte esta comunicación?
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¿Cómo participan las OSC en las comisiones del CIDI?
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¿Qué son los acuerdos de cooperación entre las OSC y la Secretaria General
de la OEA?
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¿Cómo pueden las OSC suscribir acuerdos de cooperación con la OEA?
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¿Cómo pueden las OSC participar en las Cumbres de las Américas?
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¿Cuáles son los eventos en el que las OSC puedan participar?
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¿Dónde pueden ser dirigidas otras preguntas en referencia a las
Organizaciones de la Sociedad Civil?
¿Qué son las
Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC)?
El artículo 2
de la resolución
CP/RES. 759, "Directrices para la Participación de las Organizaciones de la
Sociedad Civil en las Actividades de la OEA” del Consejo
Permanente de la OEA define a las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC)
como “toda institución, organización o entidad nacional o internacional
integrada por personas naturales o jurídicas de carácter no gubernamental”.
Esto incluye a las organizaciones no gubernamentales, a las instituciones
académicas, universidades, al sector privado, grupos religiosos y a las
asociaciones profesionales.
¿Cómo puede una
organización de la sociedad civil participar en la
Organización de
Estados Americanos (OEA)?
El primer
paso para participar en las actividades de la Organización de los Estados
Americanos es
registrarse. Si por algún motivo, alguna Organización de la Sociedad
Civil (OSC) desea
participar
en la OEA sin registrarse, tales organizaciones podrían
atender a reuniones de la Asamblea General, el Consejo Interamericano para
el Desarrollo Integral (CIDI), u otras conferencias especializadas
organizadas por la OEA como invitado especial. De igual manera, las OSC
también pueden negociar
acuerdos bilaterales con la Secretaría General u otros organismos de la
OEA con el propósito de desarrollar programas conjuntos.
¿Cuáles son los beneficios de registrarse ante la OEA?
-
Obtener acceso a consultas virtuales y poder examinarlas con
el fin de explorar temas e iniciativas de la OEA.
-
Auxiliar en el proceso de organización y en la creación de
la agenda de una reunión anual patrocinada por el Consejo
Permanente que tratará de algún tema de interés para las OSC
registradas ante la OEA.
-
Recibir informes del calendario de reuniones de la OEA y de
ser posible hacer saber los temas a discutir de esa reunión.
-
Ser observador de reuniones públicas del Consejo Permanente,
CIDI y sus cuerpos políticos.
-
Ingresar a reuniones cerradas al público del Consejo
Permanente, al CIDI y sus cuerpos políticos con el permiso
del Presidente de la reunión.
-
Recibir documentos con antelación de las reuniones de los
grupos de trabajo y los grupos especializados del Consejo
Permanente o del CIDI.
-
Tener la oportunidad de distribuir documentos antes que
comiencen las reuniones de las comisiones del Consejo
Permanente o del CIDI.
-
Presentar documentos con el propósito de clarificar algunos
de los temas presentados en la agenda pública del Consejo
Permanente y la CIDI. Para esta aclaración el documento
presentado no debe sobrepasar las 2,000 palabras y la
Secretaría General se encargara de distribuir tal documento
a los Estados Miembros de la OEA.
-
Recibir las resoluciones adoptadas en la reunión anual de la
Asamblea General de la OEA.
-
Sugerir y comentar en la implementación de las resoluciones
de la Asamblea General, cuando esto corresponda.
¿Hay algún costo o riesgo al registrarse?
El proceso
de registro ante la OEA no tiene costo. Sin embargo, muchas personas han
criticado el sistema de registro de la sociedad civil ante la OEA al decir
que éste tiene como debilidad el obligar a las OSC a ser menos críticas de
la Organización. Por el contrario, la OEA siempre le ha dado la bienvenida a
cualquier sugerencia sobre como mejorar y hacer más eficiente su sistema, es
por tal motivo que la Organización prefiere los beneficios que se pueden
obtener al lograr la participación organizada y el diálogo entre las OSC.
El Consejo
Permanente ha expresado en las directrices de la participación de la
sociedad civil, que para que la participación de las organizaciones de la
sociedad civil sea “fructífera, debe darse en un marco normativo claro y, a
la vez, flexible”. De esta manera, las OSC pueden contribuir con sus
conocimientos e información al proceso de decisiones y además pueden, a
través de la comunicación de sus inquietudes, llamar la atención a nuevas
áreas de interés que deban de ser examinadas por la OEA. Finalmente, estas
organizaciones podrían prestar la asesoría de sus expertos para que éstos
puedan contribuir al proceso de construcción de consenso en la
Organización.
¿Cómo se registran las OSC en la OEA?
Las
organizaciones de la sociedad civil que deseen registrarse ante la OEA y
participar en las actividades de la OEA, conforme a las Directrices que para
tal efecto fueron aprobadas por el Consejo Permanente de la OEA mediante
resolución CP/RES. 759, deberán dirigir al Secretario General de la OEA una
comunicación presentando la solicitud correspondiente. Esta debe ser enviada
a:
Secretario General
Organización de Estados Americanos
MNB – 20
17th Street and Constitution Avenue, N.W.
Washington, D.C. 20006
EEUU
¿Qué se debe
incluir en la carta de solicitud?
La solicitud deberá contener los siguientes elementos:
-
Nombre, dirección, fecha de constitución de la organización
y los nombres de los miembros directivos y de sus
representantes legales.
-
Principales áreas de actividad y su relación a las
actividades de los órganos, agencias y entidades de la OEA
en las cuales su organización desea participar.
-
Razones por las que considera que los aportes que se propone
realizar en las actividades de la OEA pueden ser de interés
para ésta.
-
Identificación de las áreas de trabajo de la OEA en las
cuales se compromete a apoyar las labores que se realicen o
a formular recomendaciones sobre la mejor manera de alcanzar
los objetivos que persigue la OEA.
La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
-
Copia notarizada de los artículos de incorporación, acta o
constitución;
-
Copia notarizada del Certificado de Incorporación, si
aplica;
-
Copia notarizada de los Estatutos;
-
Copia del informe anual más reciente;
-
Declaración de la misión institucional firmada por el
director o representante legal; y
-
Copia de los estados financieros correspondientes al año
anterior a la presentación de la solicitud que incluyan sus
fuentes de financiamiento (públicas y privadas), firmada por
el oficial financiero o contador público de la organización
que aplica.
¿Cuál es el
proceso por el cual pasa la comunicación al ser recibida?
Al ser
recibida la comunicación de solicitud para el registro ante la OEA, el
Secretario General remitirá este documento
a el Departamento de Asuntos Internacionales.
La
Secretaría
revisará y
verificará la comunicación, los documentos adjuntos a ella, y la constancia
de los requerimientos necesarios para validar tal aplicación.
Al ser
concluido este proceso, el paso a seguir será remitir los documentos
pertinentes a la Comisión de Gestión de Cumbres Interamericanas y
Participación de la Sociedad Civil en las Actividades de la OEA (CISC) del
Consejo Permanente. Este órgano se encargará de verificar la información
contenida en la aplicación y que esta responda a las Directrices
establecidas por el Consejo Permanente. Terminado este proceso, la CISC se
reserva el derecho de solicitar información adicional acerca de la
organización que está aplicando y además de notificar sobre el estado de su
registro.
Por último,
las recomendaciones y conclusiones de la CISC serán presentadas ante el
Consejo Permanente para que éste cuerpo pueda tomar una decisión sobre el
registro de la organización. De tal manera, el Consejo Permanente se reserva
el derecho de diseminar los documentos presentados por la institución
candidata y no podrá asegurar la confidencialidad de estos documentos. En
el caso que el Consejo Permanente decida aceptar la solicitud de registro de
la organización, éste órgano se encargará de informarle a la organización
sobre su aceptación e inmediatamente se incluirá en el
Registro de
Organizaciones de la Sociedad Civil.
¿Hay algún criterio de selección para poder registrarse
ante la OEA?
La Comisión
de Gestión de Cumbres Interamericanas y Participación de la Sociedad Civil
en las Actividades de la OEA (CISC) del Consejo Permanente busca la
siguiente información en las OSC que deseen registrarse ante la OEA:
-
Deberá
gozar de reconocida reputación y representatividad en su esfera de
particular competencia.
-
Debe
contar con mecanismos apropiados para que sus autoridades rindan cuentas
a sus miembros y sean controlados por éstos.
-
Tener
representación legal, un Director General, y una sede oficial.
-
Los
recursos para financiar sus objetivos deben ser obtenidos a través de
entidades afiliadas a la organización o particulares.
-
Tener
una estructura institucional y financiera transparente.
-
Presentar una estructura financiera e institucional con cierto grado de
independencia.
-
La sede
principal o las actividades de la organización no pueden estar en
cualquier territorio respecto del cual exista una disputa entre un
Estado miembro de la OEA y un estado fuera del Hemisferio.
-
Origen
Geográfico – El Consejo Permanente de la Organización busca que la
participación de las organizaciones de la sociedad civil sea equitativa
con el objetivo de asegurar una representación geográfica adecuada. Por
tal motivo, la comisión tiene como objetivo asegurar el registro de OSC
de todos los Países Miembros de la OEA. Esto ayudará a proporcionar una
genuina participación de grupos de la sociedad civil de todas las
regiones del hemisferio.
¿Cuáles son
las responsabilidades de las OSC después de haberse registrado
ante la OEA?
-
Responder preguntas de los órganos, agencias, y entidades de la OEA y
prestar a éstas asesoría cuando sea necesario.
-
Diseminar información sobre las actividades de la OEA a los miembros de
su organización.
-
Presentar a la Secretaría General, antes del 31 de diciembre de cada
año, un reporte que contenga: una síntesis de la participación de la
organización en las actividades de la OEA, estados financieros del año
corriente y la procedencia de sus fondos y las actividades planeadas
para el próximo año.
-
Mantener
actualizada la información correspondiente a sus miembros directivos.
¿Cuántas Organizaciones ya se han registrado?
Hasta el 6 de noviembre de 2009 han sido registradas 268
OSC en la
OEA. Para ver una lista de estas organizaciones favor hacer clic
aquí.
¿Cómo participan las OSC en la Asamblea General de
la OEA?
Las organizaciones de la sociedad civil (OCSs) que deseen atender a
las sesiones de la Asamblea General de la OEA, deberán enviar una carta
a la Secretaría General de la OEA, con copia a la Secretaría de
Cumbres de las Américas, al menos con 45 días
de anticipación a dicho evento, solicitando el derecho de observar los
procedimientos bajo la categoría de "Invitado Especial". Aquellas
organizaciones que no estén registradas en la OEA deberán remitir,
además de la Carta dirigida al
Secretario General de la OEA, los siguientes documentos: Acta constitutiva
de la organización, estatutos, informe anual más reciente y misión
institucional de su organización.
El
plazo, previamente indicado, obedece a que la Secretaría General
presentará una lista de las organizaciones que hayan enviado su
solicitud al Consejo Permanente para su aprobación al menos 30
días antes de la realización de la Asamblea General. Así mismo, las
organizaciones incluídas en esta lista deberán ser autorizadas por el
país anfitrión.
Este
procedimiento es independiente de cualquier otro proceso de
participación de las OSCs en la OEA. Por tanto, aún las OSCs
registradas bajo otra modalidad de participación de la OEA, deberán
solicitar la categoría de "Invitado Especial" para cada Asamblea
General que deseen atender. La solicitud debe ser enviada a:
Secretario General
Organización de Estados Americanos
MNB-20
17th Street and Constitution Avenue, N.W.
Washington, D.C. 20006
EEUU
¿Llegan a
reunirse las OSC con los Ministros de Relaciones Exteriores en la Asamblea
General de la OEA?
Durante la Asamblea General hay un diálogo entre las OSC,
los Ministros de Relaciones Exteriores de los Estados Miembros, y el
Secretario General de la OEA. En la XXXIII Asamblea
General los Jefes de Delegación acordaron que este
diálogo será institucionalizado.
Por tal motivo, formara, como parte de la agenda, en todas las Asambleas
Generales subsecuentes.
¿Cómo pueden las OSC participar en el Consejo
Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI)?
Las OCS que
deseen atender a las reuniones del CIDI deberán enviar una solicitud a la
Secretaría General de la OEA al menos (15) días antes de la reunión de
apertura del CIDI.
La solicitud
deberá ser enviada a:
Secretario
General
Organización de Estados Americanos
MNB-20
17th Street and Constitution Avenue, N.W.
Washington D.C. 20006
EEUU
¿Cuál es el
proceso que surte esta comunicación?
Al recibir
la solicitud la Secretaría General la presentará al Comité Ejecutivo
Permanente del CIDI (CEPCIDI) para ser revisada. En caso de ser aprobada por
la comisión Ejecutiva Permanente del Consejo Interamericano para el
Desarrollo Integral (CEPCIDI) y el país anfitrión de la reunión, la
Secretaría General enviará la invitación correspondiente.
¿Cómo
participan las OSC en las comisiones del CIDI?
Las
comisiones del CIDI tienen directrices similares a la Resolución CP/RES. 759
del CIDI que se refiere a la participación de invitados especiales en rol de
observadores no registrados. En la mayoría de los casos, estas normas
estipulan que la solicitud debe ser enviada 15 días antes del comienzo de la
reunión al Presidente de la Comisión a su Junta Directiva, o en último caso,
al Secretario General. Se recomienda a las OSC que deseen participar como
invitados especiales en estas reuniones que consulten con las Secretarías de
las Comisiones pertinentes para información más detallada.
¿Qué son los
acuerdos de cooperación entre las OSC y la Secretaría General de la OEA?
Las OSC que
deseen contribuir con ayuda técnica, administrativa, o financiera a la
Secretaría General o bien deseen diseñar, financiar, o ejecutar proyectos
por parte de la Secretaría, pueden entrar en acuerdos de cooperación con
esta. El acuerdo puede establecer un marco de funcionamiento de cooperación
entre la Organización y la Secretaría para coordinar el funcionamiento de
los acuerdos a largo plazo o puede también cubrir los detalles de un solo
proyecto.
¿Cómo pueden
las OSC entrar en acuerdos de cooperación con la OEA?
Aquellas OSC
que estén interesadas en firmar algún acuerdo de cooperación con la OEA
tendrán que consultar el área administrativa (unidad, departamento, u
oficina) de la Secretaría que sea responsable por el tipo de proyectos que
deseen proponer. Además, estas organizaciones tendrán que proveer copias de
su constitución, documentos que certifiquen su condición como OSC, los
nombres de sus directores y oficiales durante los pasados tres años, y los
nombres de sus mayores contribuidores (siempre y cuando la diseminación de
estos documentos no violen acuerdos de confidencialidad). Si después de ser
remitidos todos los documentos se llega a un acuerdo preliminar entre la
Secretaría General y la organización, se preparará un acuerdo con la
asistencia del Departamento de Servicios Legales para buscar el beneplácito
del Secretario General y su firma.
¿Cómo pueden
las OSC participar en las Cumbres de las Américas?
Las
Cumbres de las Américas es un proceso intergubernamental en
el cual los Jefes de Estado y de Gobierno de los 34 países democráticos del
hemisferio tiene la oportunidad de unirse para definir y discutir la agenda
Interamericana. Este proceso es actualmente encabezado por el Gobierno de
Colombia, el cual servirá de anfitrión para la próxima Cumbre
de las Américas en el 2012. La Secretaría
de Cumbres de las Américas sirve como una oficina
técnica y tiene la función de mantener la memoria institucional del Proceso
de Cumbres.
Si usted
esta interesado en involucrarse en el proceso de Cumbres de las Américas,
por favor visite la página de Internet
(www.cumbresdelasamericas.org)
o
envié un correo electrónico con su nombre, organización, dirección, teléfono
y su área de interés a la
Secretaría de Cumbres de las Américas summitcso@oas.org.
¿Cuáles son los
eventos en el que las OSC puedan participar?
El Departamento de
Asuntos Internacionales anuncia información sobre oportunidades de
participación de la sociedad civil en las actividades de la OEA en la
página Web de la Sociedad Civil de la OEA.
¿Dónde pueden ser dirigidas otras preguntas en referencia a las
Organizaciones de la Sociedad Civil?
El
Departamento de Asuntos Internacionales
ha sido designada para coordinar
la participación de la sociedad civil en la Organización de los Estados
Americanos. Si desea más información, favor contactar a:
Irene Klinger
Director
o
Jorge Sanin
Jefe de Relaciones con
los Paises Observadores y la Sociedad Civil
Departamento de Asuntos Internacionales
Organización de los Estados Americanos
17th Street & Constitution Ave. NW
Washington, D.C. 20006
Teléfono: 202-458-6072
Fax: 202-458-6319
civilsociety@oas.org
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