2.c.- Participación de las organizaciones de la sociedad civil en otras Conferencias específicas
de la OEA
 

Las organizaciones de la sociedad civil que deseen participar en las actividades de la OEA, conforme las Directrices que para tal efecto fueron aprobadas por el Consejo Permanente de la Organización mediante resolución CP/RES. 759, deberán dirigir al Secretario General una comunicación indicando su interés de participar en la conferencia específica enviada a:

Secretario General
Organización de Estados Americanos
MNB – 20
17th Street and Constitution Avenue, N.W.
Washington D.C. 20006
EEUU

La Secretaría General espera recibir también la siguiente información:

  1. Nombre o razón social, dirección y fecha de la constitución de la organización, y los nombres de sus miembros directivos y de su(s) representante(s) legal(es)

  2. Areas de trabajo principal y su relación con las actividades de los órganos, organismos o entidades de la OEA en las que desea participar.

  3. Razones por las que considera que los aportes que se propone realizar a las actividades de la OEA pueden ser de interés para ésta.

  4. Identificación de las áreas de trabajo de la OEA en las cuales se compromete a apoyar las labores que se realicen o a formular recomendaciones sobre la mejor forma de alcanzar los objetivos que persigue la OEA.

  5. La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

    • Acta constitutiva

    • Estatutos

    • Informe anual más reciente

    • Declaración de la misión institucional

    • Estados financieros correspondientes al año anterior a la presentación de la solicitud que incluyan sus fuentes de financiamiento (públicas y privadas). Deberá incluirse una lista de las fuentes financieras y las contribuciones recibidas, incluyendo, de manera particular, aquellas provenientes de fuentes gubernamentales. Aquellas organizaciones cuya base de sustento no proviene de sus miembros también deberán suministrar una lista de sus fuentes de financiamiento y de cualquier donación que reciban, en particular, los recursos de origen gubernamental.

La Comisión sobre la Participación de la Sociedad Civil en las Actividades de la OEA (CISC) analizará y formulará las recomendaciones sobre la solicitud que estime pertinentes, y la remitirá al Consejo Permanente a fin de que éste adopte la decisión que sea del caso. En el curso de dicho análisis, la Comisión también podrá solicitar información adicional a las organizaciones.

 

Finalmente la CISC hará recomendaciones al órgano responsable de la conferencia dentro de la OEA, el cual tomará la decisión final y la notificará a la organización de la sociedad civil. Se recuerda que la Comisión no dará tramite a las solicitudes de participación de aquellas organizaciones de la sociedad civil cuya sede o actividad principal tengan lugar en cualquier territorio respecto del cual exista una disputa de soberanía entre un Estado miembro de la OEA y un Estado fuera del Hemisferio.

   

   
   

 
Secretaría de Cumbres
de las Américas
19th Street & Constitution Ave. NW,
Washington DC 20006
Teléfono : 202-458-3127
Fax : 202-458-3665
E-mail: summitcso@oas.org
 
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